
Barrancabermeja, 26 de octubre de 2017. |
LA PRIORIDAD CON RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIÓN ES LA NÓMINA DE LOS EDUCADORES |
Ante el recorte de recursos del Sistema General de Participación, dineros que la Nación transfiere por mandato constitucional a las entidades territoriales según la ley 715 de 2001, la canasta educativa en Barrancabermeja se ha visto afectada y desde la Administración Municipal la prioridad en este momento es garantizar el pago de los salarios de fin de año para los educadores.
Oscar Jaramillo Jiménez, secretario de Educación, explica que la La ley 715 en su artículo 15 es muy clara al señalar que los recursos de la participación para la educación del Sistema General de Participaciones, se destinarán a financiar la prestación del servicio educativo atendiendo de manera primordial el pago de personal docente y administrativo de las instituciones educativas públicas, las contribuciones inherentes a la nómina y sus prestaciones sociales.
Explicó el Secretario de Educación que “con el recorte de la ley 715 se redujeron 1.8 billones de pesos para todas las entidades territoriales, es decir alrededor de 10 mil millones de pesos dejamos de recibir, lo que afectó directamente las finanzas del municipio .La obligatoriedad en estos momentos por parte del Ministerio de Educación y de la Administración Municipal es garantizar primero el pago de nómina de los docentes y para este año ya se ha hecho una consignación de 3.1 millones de pesos que vienen del Sistema General de Participación y que fueron consignados a todas las instituciones educativas del municipio”.
Cabe resaltar, que los recursos por gratuidad es lo que les gira el Sistema General de Participación a cada institución educativa proporcional al número de niños atendidos. Anteriormente, el padre de familia le pagaba al colegio lo que era la pensión y la matrícula, en estos momentos, después de la expedición de la ley 715, el Gobierno Nacional y la Administración Municipal se hacen cargo de lo que tiene que ver con la gratuidad, eso quiere decir que lo que no paga el padre de familia es consignado a través de estos recursos para que las instituciones educativas los inviertan en el mantenimiento menor y la infraestructura de cada una de las instituciones.
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