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Barrancabermeja, 17 de octubre de 2016.    
 
HAY BARRIOS QUE NO HAN CUMPLIDO CON LA ELECCIÓN DE LAS JUNTA DE ACCIÓN COMUNAL

El 6 de octubre venció el plazo para que las Juntas de Acción Comunal o Juntas de Vivienda Comunitaria que no pudieron hacer el proceso electoral en el pasado mes de abril, cumplieran con la Resolución No. 0262 del 25 de julio del presente emitida por la Secretaría de Gobierno y que instaba a hacer dichas elecciones.

Cumplida la fecha, Sol Ángela Reyes Lamus, coordinadora de la Oficina de Desarrollo Comunitario, afirmó que se desconoce si estas Juntas hicieron el proceso electoral o no, porque a su oficina no ha llegado documento alguno que certifique las elecciones, “Tenemos 32 Juntas que por la primera Resolución ya debieron hacer su elección pero a la fecha no nos han traído los documentos, no sabemos si es que no han hecho elecciones o es que no nos han hecho llegar los documentos. Ya pasó la fecha, estamos a la espera para poderlos revisar, pero si no se lleva a cabo la entrega de esos documentos a tiempo pueden perder la Personería Jurídica”.

Los siguientes son los organismos cobijados bajo la resolución 0262 y de los que se desconoce si la acataron o no: José Antonio Galán, Chapinero, Villa Rosita, Altos de Israel, Altos de los Ángeles, Villa Rosa II etapa, La Candelaria, Corinto, Danubio, 9 de Abril, Villa Mary, El Diamante, Zarzal 40, Simón Bolívar, Aguas Claras, La Campaña, J.VC Yariguies, Miradores de la Ceiba, Altos del Cincuentenario, Isla del Castillo, Buenavista, Malvinas Altas, Urbanización Los Lagos, Campo Alegres, Las Granjas, Los Alamos, El Porvenir, Vereda La Unión, Las Mirlas, Vereda Nueva Venecia, Internacional y Malvinas Bajas. Reyes Lamus indicó que dentro de los tiempos establecidos informó a las JAC en proceso para hacer su elección e instó a las que están pendientes que cumplan con este requisito de ley,

“la Oficina de Desarrollo Comunitario en su debido momento y mediante Resolución notificó a cada Junta que tenía que hacer el nuevo proceso, señalando las fechas correspondientes. Esperamos recibiros documentos, revisarlos y dar los respectivos fallos”. Vencido el término límite para llevar a cabo la elección deberán ser allegados los documentos a la Oficina de Desarrollo Comunitario dentro de los siguientes 30 días hábiles si se trata de un órgano comunal de naturaleza urbana o 60 días en el caso rural.



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